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lunes, octubre 10, 2011

DECLARACION DE LA FEDERACIÓN MEDICA COLOMBIANA SOBRE LA SENTENCIA C-355

Declaración
La Federación Médica Colombiana en su condición de asesora del Gobierno Nacional y el Estado Colombiano en materia de salud, según las leyes 67 de 1935, ley 23 de 1981 y ley 100 de 1993, teniendo en cuenta nuestra misión resumida en el lema “Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético y por la salud de los colombianos”, y ante la intención de cambiar  la Sentencia C-355 de la Corte Constitucional que despenaliza el aborto en las tres situaciones especiales a saber: embarazo por  violación, embarazo que amenace la vida de la madre y embarazo con  inviabilidad fetal post parto,

CONSIDERANDO QUE:
1.      Como auxiliar de la justicia, su compromiso es velar específicamente por el cumplimiento de las leyes de la República en materia de salud.
2.      Como entidad científico-gremial debe también velar por los derechos de los médicos y garantizar que los avances de la ciencia sean asequibles a toda la población habitante del territorio Nacional
3.      El aborto en Colombia es un problema de salud pública que al ser realizado en condiciones inadecuadas e inseguras para las mujeres embarazadas que se someten a este procedimiento y les produce en esas condiciones altas cifras de morbilidad y mortalidad
4.      Los avances científicos en materia de fertilización in vitro logrados en Colombia se verían en serio riesgo de ser penalizados y, por lo tanto, desaparecerían en el país

DECLARA
1.      Que es amenazante contra la salud y la vida de las mujeres afectadas en las tres situaciones anteriormente mencionadas, penalizar nuevamente el aborto
2.      Que de ser así, en tales condiciones sus derechos sexuales y reproductivos serían afectados negativamente, al igual que el derecho de toda la sociedad colombiana al disfrute de los avances científicos, en particular las parejas que por su condición de esterilidad intentan métodos de fertilización in vitro para ejercer su pleno derecho a realizarse como padres y constituir una familia
3.      Que los médicos que decidan expresar objeción de conciencia para cumplir con la sentencia de la Honorable Corte Constitucional, que despenaliza el aborto en Colombia, deben hacerlo ante la institución para la cual trabajan o a la que piensa vincularse, para que su objeción no se convierta en obstáculo a la salvaguarda de los derechos de las mujeres y la institución pueda organizar de manera óptima la atención médica oportuna y suficiente y, a su vez, tampoco le sea violado  al médico su legitimo derecho de objeción de conciencia
Por todo lo anterior, la Federación Médica Colombiana exhorta al Honorable Congreso de la República de Colombia y en particular a los miembros de la Comisión Primera del Senado a que no se eche atrás este avance en derecho, logrado bajo la Constitución de 1991 al amparo de su artículo 1° que consagra a nuestro país como un Estado Social de Derecho
Atentamente Junta Directiva Nacional.

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